Archivo de febrero 2012

Katia Fach, profesora Derecho Internacional Privado, experta en arbitraje: “En ocasiones el nivel de ingles jurídico de nuestros letrados es un hándicap para ser contratado como árbitros a nivel internacional”

Nuestra entrevistada combina la docencia en el mundo arbitral con la práctica habitual como árbitro de distinguidas cortes arbitrales Katia Fach Gómez es Profesora Titular de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Zaragoza . En el año 2001 realizó el doctorado europeo en idioma alemán, recibiendo el Premio Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Zaragoza y el Premio de Tesis Doctorales del Ministerio de Interior español. En el año 2010 cursó el LL.M. International Business & Trade Law de Fordham Law School (New York), graduándose con la distinción summa cum laude y obteniendo el galardón Edward J. Hawk Prize concedido por dicha Universidad. Desde su perspectiva, resulta fundamental que los programas formativos en arbitraje sean multidisciplinares y de carácter práctivo:” la realidad es que actualmente, a nivel global, el inglés es el idioma arbitral por antonomasia. Con carácter general, considero que la formación –tanto en inglés jurídico como en inglés general- que tenemos los españoles de determinadas generaciones es claramente mejorable.”

Miembro de los Proyectos de Investigación DER 2009-11702 (subprograma JURI) y e-PROCIFIS (Ref. S 14/3), Katia Fach Gómez ha sido Visiting Scholar de Columbia University, investigadora Konrad Zweigert del Max Planck Institut de Hamburgo y becaria de instituciones como elCanadian Foreign Ministry o el DAAD alemán.

Como conferenciante, ha colaborado con diversas instituciones nacionales (Colegio de Abogados de Madrid, Asociación Europea de Arbitraje, Universidad de La Coruña, etc.); europeas (Universidad Humboldt de Berlin, Universidad de Toulouse, Universidad de Brno, etc)y latinoamericanas (Universidades de Perú, Chile, Ecuador, Brasil, Colombia, México, Guatemala, etc). Sus publicaciones científicas se refieren a temas internacionales muy variados: medio ambiente, responsabilidad extracontractual, contratos de agencia, multipropiedad, litigación, familia, extranjería, derecho comparado, Latinoamérica, innovación docente, etc.

En el ámbito del arbitraje, Katia Fach es profesora de arbitraje internacional en la Universidad de Zaragoza. Autora de abundantes publicaciones en materia de arbitraje comercial y de inversiones, Katia Fach ha intervenido como conferenciante en diversos eventos nacionales e internacionales (siendo , por ejemplo, ponente en el Congreso anual 2011 de la American Society of International Law (ASIL) en Washington). En el ámbito internacional, Katia Fach haintervenido en arbitrajes de instituciones arbitrales como CIADI, CCI y AAA. En el ámbito nacional, es árbitro de la Junta arbitral de consumo de Zaragoza.

Abogada con ejercicio del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y miembro de su Comisión de formación internacional , Katia Fach Gómez ha llevado a cabo diversas asesorías jurídicas para organizaciones internacionales y para despachos jurídicos norteamericanos y europeos. En estos momentos forma parte de claustro docente del 3 Curso de Arbitraje Comercial que organiza AEADE

Usted como experta en arbitraje de inversiones ¿Qué opinión le merecen los abandonos de Venezuela, Ecuador o Bolivia del CIADI?

Estos abandonos reflejan el descontento de algunos países con el sistema de arbitraje de inversiones auspiciado por el Banco Mundial. En el contexto latinoamericano, la denuncia del Convenio de Washington ex artículo 72 de dicho texto no es sino una de las múltiples manifestaciones que en los últimos años se vienen desarrollando en contra de la estructura tradicional de arbitraje internacional de inversiones. Otras muestras contundentes de dicha inconformidad son, por ejemplo, los controles judiciales nacionales que algunos países están intentando implantar respecto de los laudos dictados por Ciadi o la exclusión de la opción del arbitraje Ciadi en los Acuerdos de protección y promoción recíproca de inversiones (APPRIS, siguiendo la terminología usada en España).

Todo ello genera, obviamente, inquietud en las empresas españolas que han realizado importantes inversiones en el sector petrolero en países como Venezuela, Ecuador y Bolivia. Creo que en los próximos años Latinoamérica va a seguir dando mucho que hablar en el ámbito del arbitraje de inversiones. Por un lado, habrá que ver si futuros cambios políticos en los países citados también modifican la actitud que estos tienen respecto del arbitraje internacional de inversiones. Por otro lado, resta saber si se consigue implementar con éxito alguna de las propuestas realizadas, en aras a la creación de un sistema regional de arbitraje de inversiones que vaya restándole importancia práctica a Ciadi.

Desde su vertiente formadora ¿Cuál es la clave para que un programa de formación de árbitros funcione y sea adecuado?

Un programa de este tipo, aparte de ofrecer la formación teórica necesaria para poder desempeñar adecuadamente sus tareas, ha de ser eminentemente práctico y multidisciplinar. Por un lado, los futuros árbitros han de familiarizarse con todo el iter del procedimiento arbitral y con los diversos documentos que se pueden ir generando en el curso de éste.

Asimismo, no puede obviarse el papel que pueden desempeñar los órganos judiciales en distintos momentos del procedimiento arbitral (nombramiento de árbitros y remoción judicial de árbitros, asistencia en la práctica de prueba, adopción de medidas cautelares, acción de anulación del laudo, ejecución forzosa del laudo, exequatur de laudos o resoluciones judiciales extranjeras), por lo que en la programación de este curso ha prestarse también atención a las decisiones judiciales que puedan emitir los órganos judiciales de la jurisdicción relevante para el futuro árbitro.

Por otro lado, el requisito de la multidisciplinariedad requiere que el aprendizaje del árbitro vaya más allá de la capacitación jurídica. En ese sentido, es muy conveniente que los árbitros tengan una mínima formación económico-empresarial, ya que con frecuencia los supuestos de hecho que se les planteen requerirán tomar decisiones en estas materias.

Asimismo, la comunicación con los abogados de las partes y la oralidad de parte del proceso arbitral vienen a exigir que los árbitros posean unas adecuadas habilidades comunicativas. De la misma manera, sería muy aconsejable que los futuros árbitros pudiesen reforzar sus habilidades escritas a través de cursos de escritura jurídica focalizados en las peculiaridades del mundo arbitral. Asimismo, las cuestiones deontológicas también deberían recibir una esmerada atención en dicho curso de formación de árbitros.

¿Cuáles son las carencias que ha detectado en este ámbito formativo?

Un tema que me parece especialmente importante es el del adecuado manejo del inglés jurídico. Naturalmente, desde España queremos que el idioma español cada vez cobre más relevancia en el ámbito arbitral. Pero, la realidad es que actualmente, a nivel global, el inglés es el idioma arbitral por antonomasia. Con carácter general, considero que la formación –tanto en inglés jurídico como en inglés general- que tenemos los españoles de determinadas generaciones es claramente mejorable.

Y ello nos coloca en una situación de desventaja, tanto para ser contratados como abogados como para ser designados como árbitros en casos que presenten algún elemento de internacionalidad. En mi experiencia laboral en Estados Unidos he constatado que muchos abogados formados en paises latinoamericanos, pero que cuentan con un postgrado o realizan ejercicio profesional en USA, rozan el bilingüismo y que además se manejan cómodamente con instituciones jurídicas propias del common law que, como el discovery, son especialmente relevantes en un escenario arbitral cada vez más globalizado y armonizado.

Actualmente, profesionales españoles como Bernando Cremades y Juan Fernández-Armesto gozan de un gran reconocimiento internacional. Si en España queremos seguir aumentando cualitativa y cuantitativamente nuestra presencia en el ámbito arbitral supranacional, estimo que la internacionalización de nuestros profesionales se ha de potenciar desde vías diversas y complementarias, por ejemplo: asistencia a cursos de formación arbitral auspiciados por instituciones arbitrales internacionales; participación activa en la sección arbitral de asociaciones internacionales de abogados; publicación de trabajos sobre arbitraje en revistas tanto profesionales como doctrinales; realización de masters jurídicos (LL.M.) en el extranjero, o en España si estos cuentan con una impronta internacional.

¿Qué debería hacerse en España desde el ámbito universitario para potenciar el arbitraje?

Los actuales Grados de Derecho deben darle un papel preeminente a la enseñanza del arbitraje si se desea que el recurso a este mecanismo de solución de conflictos se consolide en España. La docencia en materia de arbitraje ha de ser impartida por profesores cualificados, con experiencia práctica en el sector y que pongan especial énfasis en potenciar su formación continuada.

Las características del arbitraje, además, son especialmente adecuadas para que su aprendizaje se lleve a cabo aplicando postulados propios del Espacio Europeo de Educación Superior. En este sentido, la docencia ha de ser activa, plural en cuanto a las herramientas didácticas utilizadas y capaz de desarrollar competencias transversales y específicas en el estudiante. Asimismo, todos estos postulados recién citados han de hallar también firme cabida en las diversos mecanismos de formación especializada para el acceso a la profesión de abogado que, a raiz del Real Decreto 775/2011, se están perfilando actualmente en España.

En definitiva, hay que generar en España un sustrato pro-arbitraje en los estudiantes de derecho, planteamiento éste que está mucho más consolidado en ámbitos universitarios como el estadounidense. A modo de ejemplo, la Facultad de Derecho de Columbia (Nueva York) celebra todos los años un “Arbitration Day”, al que acuden importantes speakers y en el que participan activamente los estudiantes de derecho –que son, en definitiva, quienes han de creer en los efectos positivos del mecanismo arbitral y, de esta forma, acudir a él en su futura práctica profesional- (en relación con el Arbitration Day 2012, que se celebrará el 23 de marzo, puede consultarse http://web.law.columbia.edu/columbia-arbitration-day/program ).

Estimo que en el ámbito universitario español se ha de potenciar la instauración de tales iniciativas. Dada la muy precaria situación económica en la que se halla la Universidad pública española, en nuestro país es especialmente esencial que los despachos de abogados y el sector empresarial se conciencien de que, si desean que España perfeccione sus engranajes arbitrales, han de colaborar –humana y económicamente- con los proyectos de calidad que surjan en el ámbito universitario en materia de fomento del arbitraje

. En este sentido, es muy destacable la Competición Internacional de Arbitraje y Derecho Mercantil (Moot) que vienen organizando un grupo de profesores de derecho mercantil de la Universidad Carlos III de Madrid (puede consultarse e http://www.mootmadrid.es/presentacion.html ). Mi experiencia al respecto, tanto como preparadora de un equipo como árbitro en ediciones anteriores de este Moot, es altamente positiva. Los alumnos participantes profundizan extraordinariamente en un caso altamente complejo y multidisciplinar, mejoran evidentísimamente sus capacidades expositivas orales, se “empapan” de los positivos principios que caracterizan la cultura arbitral y se sienten más seguros y maduros para acceder al complicado mercado laboral actual.

En el debate arbitraje de equidad y de derecho, ¿Dónde se posiciona?

Creo que no hay que adoptar una posición excluyente. El arbitraje de equidad ha demostrado ser adecuado en ámbitos que, como el arbitraje de consumo, están muy cercanos al ciudadano y que, por lo tanto, ayudan a crear una deseable cultura pro-arbitraje en nuestro país. La reciente reforma de la Ley de arbitraje española, en el curso de la cual se reflexionó sobre una posible eliminación del arbitraje de equidad, ha permitido comprobar que un número importante de los agentes que intervienen en el arbitraje en España está en contra de dicha eliminación.

Por último ¿Qué debe hacer el nuevo ministro de Justicia para impulsar el arbitraje en nuestro país?

Aparte de todas las medidas que han sido propuestas en respuestas anteriores, considero que el nuevo titular de Justicia ha de conseguir que la evolución del arbitraje en nuestro país no se vea frenada por esta época de recortes económicos. Pensando en positivo, la crisis económica puede ser un acicate para el perfeccionamiento y consolidación del arbitraje en nuestro país.

– Descargar Katia Fach, profesora Derecho Internacional Privado, experta en arbitraje: “En ocasiones el nivel de ingles jurídico de nuestros letrados es un hándicap para ser contratado como árbitros a nivel internacional” como PDF –

MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: EL ARBITRAJE

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