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La Importancia de elaborar un presupuesto
La presentación de un presupuesto a un cliente no es algo que se deba tomar a la ligera, ya que es el comienzo de la relación con nuestro cliente, y con un buen comienzo siempre tendremos más posibilidades de llegar a buenos resultados.
Fijar precios es algo que puede llegar a ser complicado para algunas empresas, dependiendo de la actividad que realicen. No es lo mismo un comercio que venda productos que ya tienen su precio fijado, que una empresa de servicios que necesita analizar bien el trabajo a realizar antes de pasar precio (calcular horas de mano de obra, materiales a utilizar, etc).
Desde el punto de vista del cliente, tener un presupuesto en mano le garantiza que el vendedor o proveedor de servicios va a cumplir con lo establecido en el acuerdo de compraventa, ya que el precio y las condiciones han sido fijados de antemano. Es importante recalcar que el presupuesto debe estar bien cumplimentado, además de firmado por ambas partes. Y si no estamos seguros de algo que leamos en el documento, siempre será mejor aclararlo antes de firmar.
Por el lado de la empresa o profesional que ofrece el servicio presupuestado, tener bien claro el trabajo a realizar, tiempo estimado de realización, precio y forma de pago, posibilita que se pueda reclamar al cliente en un proceso judicial o arbitral (siempre y cuando se establezca en el mismo presupuesto) en caso de incumplimiento de las condiciones o impago.
Cómo elaborar un presupuesto.
Debemos tener en cuenta que, ante la ley, no nos vale cualquier documento. En muchas ocasiones se elaboran documentos de forma rápida y sin el formato adecuado, que a la hora de la verdad no nos sirven para reclamar ante organismos oficiales.
Existe una serie de elementos básicos que todo presupuesto debe incluir para que sea válido:
Datos de la empresa o persona que presta el servicio:
- Nombre o razón social
- NIF o CIF
- Domicilio fiscal
- Datos de contacto (número de teléfono y correo electrónico)
Datos del cliente.
Sea particular o empresa, deberá incluir los siguientes datos:
- Nombre o razón social
- NIF o CIF
- Domicilio
- Concepto:
Debemos detallar el servicio o producto que se ha solicitado. En caso de prestación de un servicio, se incluirían datos tales como tiempo de realización del trabajo estimado, materiales a utilizar y costes asociados como contratación de terceros, licencias, suministros, etc. (en su caso). - Importe:
Debe cumplimentarse el precio desglosado indicando base imponible, suma de los conceptos sin IVA o IGIC, el tanto por ciento de IVA o IGIC aplicado y el importe total del presupuesto. - Forma de pago:
Es muy importante indicar el modo de pago. Normalmente se pide una entrega a cuenta y el resto por plazos estipulados o, en caso de presupuestos no muy elevados, indicar que el resto se pagaría al finalizar la prestación del servicio o al retirar los productos del establecimiento.
Otros elementos aconsejables para incluir en el presupuesto.
Hay otros elementos a tener en cuenta, que no serían requisito indispensable, pero que son aconsejables si queremos generar confianza y dar un valor añadido a nuestro presupuesto:
- Plazo de entrega: es interesante señalar un plazo de entrega para los productos o un plazo de realización para el servicio solicitado, incluso plazos intermedios si el servicio requiere varias etapas. Es muy importante cumplir con estos plazos y planificar bien el trabajo para poder hacerlo.
- Soporte técnico. Para ciertos productos o servicios, es interesante también ofrecer soporte técnico de manera gratuita durante un tiempo determinado, que puede o no estar incluido en el precio.
- Condiciones legales: es muy aconsejable indicar las condiciones legales que sean necesarias para evitar abusos o malentendidos por ambas partes, e indicar que éstas son aceptadas a la firma del presupuesto.
- Fuero: quién será el organismo competente para dirimir o resolver cualquier conflicto entre las partes.
El arbitraje empresarial para agilizar trámites
¿En qué consiste el arbitraje?
Muchas veces nos hacemos esta pregunta, ya que el arbitraje es el gran desconocido en el mundo empresarial y muy pocas personas saben de sus ventajas. En Central de Arbitraje nos esforzamos cada día por darlo a conocer y que todo el mundo descubra las ventajas de un arbitraje empresarial: por ello queremos recordar en qué consiste y mostrar la importancia que tiene sobre todo en materia de gestión de impagados, recobros y recuperación de deudas.
Según el diccionario de la RAE, arbitraje es el:
Procedimiento extrajudicial para resolver conflictos de intereses mediante sometimiento de las partes, por mutuo acuerdo, a la decisión de uno o varios árbitros.
En otras palabras, el arbitraje es un procedimiento que se ofrece habitualmente como solución natural a todo conflicto. Cualquier persona, física o jurídica, puede beneficiarse de sus ventajas acudiendo a un profesional que les asesore sobre cómo proceder y cómo se puede someter una controversia al sistema arbitral de justicia.
En el arbitraje institucional, las partes acuerdan mediante una cláusula arbitral, que una tercera persona resuelva sus diferencias de manera definitiva, para no generar más conflicto y poder así agilizar los trámites para ello.
El arbitraje supone una resolución rápida a los conflictos empresariales, siempre bajo un marco de máxima confidencialidad, donde ambas partes son tratadas con igualdad y en un procedimiento donde cada una de ellas hace valer sus derechos.
7 Razones por las que el arbitraje es rápido, económico y eficaz:
1. No requiere que intervenga abogado ni procurador, aunque es opcional.
2. La sentencia o Laudo llega en menos de 6 meses, por lo que es un procedimiento mucho más rápido que el convencional.
3. La sentencia es firme, no se puede recurrir (art. 517.2 de la ley 60/2003).
4. Permite el convenio telemático, con lo que se agilizan los trámites (art. 9 de la ley).
5. Tiene validez nacional e internacional.
6. Permite la dotación para insolvencias contablemente, evitando pagar impuestos de las facturas no cobradas.
7. Mejora la seguridad jurídica en el tráfico mercantil de las empresas, dinamizando la relación a sus clientes, proveedores y acreedores.
¿Dónde y cómo se presenta una solicitud de arbitraje?
En Central de Arbitraje le facilitamos esta tarea, contacte con nosotros y le informaremos.
LOS MEDIADORES DE SEGUROS DESCUBREN COMO EL ARBITRAJE MERCANTIL ES UN COMPLEMENTO IDEAL PARA SUS CLIENTES
El Colegio de Mediadores de Seguros de Las Palmas, celebró el pasado jueves 30 de junio y el viernes 01 de julio en el Hotel Lopesan Costa Meloneras, las II Jornadas del Mediador de Seguros en Canarias - “Retos de la Mediación, año 2016“, en ella hubo un elenco de ponentes de un gran nivel y Central de Arbitraje, tuvo la gran suerte de formar parte de ellos.
En nuestra presentación pudimos constatar, la gran preocupación del colectivo de mediadores de seguros por la seguridad jurídica de sus clientes, en este punto el arbitraje civil y mercantil se lleva consolidando como la única solución legal, rápida, económica y eficaz.
La gran lentitud y carestía de la justicia ordinaria, hace que según datos aportados en noviembre de 2015, por laPlataforma de lucha contra la Morosidad (PMCM), la gran mayoría de los empresarios, es decir, el 83 % de las empresas en España no denuncia a sus deudores.
Aunque el arbitraje, es una figura jurídica totalmente contrastada a nivel internacional, en España su uso ha sido más bien escaso.
La última ley de arbitraje 60/2003 y su posterior reforma en 11/2011, más la consolidación de grandes instituciones arbitrales (ANJAR, AEADE, CAM, CIMA, CNACM, TRIBIAR) está fomentando el desarrollo por fin en España del arbitraje tanto a nivel nacional como internacional.
En julio de 2011, Central de Arbitraje nace como primera empresa jurídica española en desarrollar una solución a medida para que autónomos, pymes, comunidades de propietarios y arrendadores e inquilinos puedan protegerse jurídicamente de una manera ágil, sencilla y económica.
La conferencia tuvo una repercusión muy importante en los medios de comuicación digitales y físicos, pues se explicaba de una manera muy clara y sencilla, como un mediador de seguros podía llevar esta solución a sus clientes, siendo totalmente compatibles con seguros de caución pero abriendo la puerta a miles de autónomos y pymes que no tienen acceso a este tipo de seguros.
Tras las jornadas, ayer 14 de julio se concretó la firma de un convenio de divulgación entre el Colegio de Mediadores de Seguros de Las Palmas y Central de Arbitraje, donde nos hemos comprometido a nuevas charlas y a realizar visitas personalizadas a todos los colegiados para que conozcan de primera mano como puedan ayudar a sus clientes y comercializar un servicio exclusivo y único en España, con un avance tecnológico que permite conocer en tiempo real todos los expedientes que se estén tramitando para resolver cualquier tipo de controversia.
El Arbitraje presenta muchas ventajas pero a modo de resumen tenemos que resaltar:
- Jurisdicción universal, puede utilizarse a nivel local, regional, nacional e internacional.
- Rapidez, por ley en menos de seis meses se obtiene sentencia firme.
- Eficacia, los laudos arbitrales son inapelables y tiene carácter ejecutivo.
- Economía, coste controlado, sin tasas judiciales y ahorro fiscal.
- Sencillez, no se exige ni abogado ni procurador pero todos los clientes de Central de Arbitraje van acompañados de letrado.
- Modernidad, notificaciones telemáticas y nuevas tecnologías.
- Confidencialidad, es un procedimiento confidencial y que solo conocen las partes, no se publica en ningún medio digital ni físico.
¡ Feliz Navidad y Próspero año 2015 !
Central de Arbitraje quiere desear a todos sus clientes, colaboradores y sociedad en general una Feliz Navidad y un próspero año 2015.
Parece que fue el otro día cuando en julio de 2.011, decidimos llevar al mercado nuestro proyecto innovador, con mucha ilusión y pasión en un sector tan peculiar y resistente al cambio como el jurídico, empezamos a labrar el terreno para plantar la semilla del arbitraje civil, mercantil y marítimo.
Comenzamos con nuestra primera incursión en el vídeo y organizando un evento deportivo: Torneo Central e Arbitraje Empresarial de Pitch & Put
Sabíamos que era y es una labor ardua, el romper con el Status Quo e introducir un servicio revolucionario y poco conocido, aun existiendo la última ley de arbitraje desde el año 2.003 .
Llegó nuestra primera Navidad con unos pocos clientes y nuestro primer convenio de divulgación firmado con AEDAL, la asociación de empresarios de El Sebadal
Nuestro convencimiento de saber que estábamos en el buen camino y convencidos que perseverando podríamos hacer llegar a los empresarios de Canarias y España las grandes ventajas y beneficios del arbitraje, fue la gasolina que lleno nuestros depósitos para seguir trabajando.
El 2.012 estuvo lleno de hechos importantes, en mayo presentamos en el Club La Provincia, una sesión para dirimir conflictos en el ámbito mercantil.
Ya a estas alturas teníamos firmados convenios con la AIE, Asociación Canaria de asesores fiscales, ASCAMES y ACEGI.
Tuvimos el honor en octubre de 2.012 de traer como ponente al Profesor Pere Brachfield, en el 1º Seminario práctico de Gestión de impagados
Para terminar 2.012, en noviembre concretamente, llega una de las noticias que posiblemente más ha influenciado y ha servido como punto de inflexión, la ley 10/2012 de tasas judiciales.
Esta nueva barrera para acceder a la justicia ordinaria, hace que apostar por el arbitraje realmente sea la única alternativa real para los Autónomos y Pymes.
Así que tras un año lleno de mucho trabajo, nos dispusimos a seguir generando confianza empresarial y con la vista puesta en consolidar el proyecto y dar el salto a nivel regional y nacional.
2.013 no podía arrancar mejor y firmamos en convenio empresarial con AENAGA, el mayor polígono industrial de Canarias con más de 600 empresas, asociación que demostró la gran preocupación que tiene para proteger a sus asociados con la figura jurídica mas contrastada a nivel internacional, como mecanismo alternativo de resolución de controversias.
En el continuo afán de dar a conocer nuestros servicios, nos prodigamos apareciendo en los medios locales y nacionales.
Por fin en julio de 2.013 firmamos nuestro primer convenio a nivel nacional, La Unión de Asociaciones de Autónomos y Emprendedores UATAE, nos brinda la oportunidad de ofrecer al colectivo más indefenso por antonomasia, Los Autónomos, creamos el servicio específico para autonomos y emprendedores, a través del cual cualquier pequeño emprendimiento y/o Start up puede blindar su tráfico profesional y mercantil.
Nos enorgulleció muchísimo pasar a ser seleccionada por el BBVA Open Talent 2013 y llegar a las fases de votación en las redes sociales, demostrando que también se puede innovar en la prestación de servicios.
Avanzado el año abrimos nuestra delegación en pleno centro de negocios en Madrid
No dejan de aparecer noticias en los medios fomentando el uso del arbitraje a nivel nacional e internacional, nos estrenamos mas alla de nuestras fornteras y logramos el recobro a uno de nuestros clientes, de un impago de un deudor de El Libano.
La jurisdicción universal de El Arbitraje, la economía y la rapidez son los grandes beneficios que día a día, hacen que más y mas empresas se sumen a blindar su tráfico mercantil con Central de arbitraje.
Llegamos a nuestra tercera Navidad y un sinfín de retos se abren en nuestro horizonte, nuestra empresa se va consolidando y brindamos una serie de servicios de valor añadido para complementar las necesidades de nuestros clientes, haciéndonos distribuidores de la solución SEGURPLUS para el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
Jugando con nuestras iniciales S.E.P.I.M.A., hicimos nuestra tercera felicitación navideña.
Enero de 2.014 comienza fulgurante y tenemos oportunidad de participar en el evento España 20.20, con amplia difusión a nivel nacional, aquí podemos ver la entrevista realizada por Fernando Jaureguí a Eric Espino Conneely.
En febrero aparecemos en unos de los referentes para los emprendedores a nivel digital: el periódico del emprendedor .
En abril conseguimos otro hito en el camino muy importante, firmamos el convenio de colaboración y divulgación con AICA, la asociación de empresarios de Alcobendas, teniendo gran repercusión en medios como Europa Press.
En junio publicamos un post en nuestro Blog del guru Seth Godin, que nos llevó a reforzar nuestro convencimiento de estar haciendo algo trascendente, este mismo mes formalizamos un nuevo convenio con la Asociacion de empresarios de Arona en Tenerife para proteger las empresas del sur de la Isla.
En julio de este año, el año del record turístico de Canarias, firmamos con AEBAT el convenio para fomentar el uso del arbitraje internacional con la asociación de empresarios de bungalows y apartamentos turísticos.
En Agosto nos trasladamos a nuestras nuevas oficinas en Juan Gutenberg, 7 en los Tarahales, dónde nuestro departamento de recobros, asesores comerciales, abogados, administración y dirección nos empeñamos en ir mejorando todos los días nuestros servicios.
Para terminar este recorrido queremos finalizar con nuestra felicitación navideña y próspero año 2.015.
Como no nos podíamos quedar atrás en la era de la fotografía digital, aquí les va la de este año.
Un vídeo vale más que 1000 palabras
Una figura jurídica tan importante como El Arbitraje, queremos y estamos empeñados en que sea entendida y aprovechada por los autónomos y empresarios de España.
El pasado mes de septiembre hemos abierto Madrid y ya contamos con un equipo asesorando a los empresarios en la comunidad de Murcia y otro en la zona noroeste de España.
Llevando los tres pilares básicos de nuestra propuesta, primero la recuperación de deudas, segundo la prevención de impagados a través del arbitraje civil y mercantil y tercero pero no menos importante el ahorro fiscal.
Dos años de duro trabajo ayudando a las empresas a proteger su tráfico Mercantil con El Arbitraje.
Parece que fue ayer cuando iniciamos nuestra andadura y ya han pasado dos años, desde el comienzo sabíamos que teníamos un servicio muy importante para hacerlo llegar al empresariado, nos decidimos a plantarle cara y entablar una dura lucha contra el moroso profesional.
En España 3 de cada 4 empresarios prefieren dar por perdido lo que le adeudan sus clientes antes de meterse en el embrollo de la justicia ordinaria, con procedimientos interminables, múltiples instancias, altas costas procesales, provisiones de fondos, etc.
Pero es que además, como si ésto fuera poco irrumpe la Ley de Tasas Judiciales en noviembre del 2012, que no hace otra cosa que poner una alfombra roja al moroso para dejar de pagar a sus acreedores, ya que procedimientos como el Monitorio que antes era gratuito pasa a tener una tasa fija de 100€ mas un 0.50% de la cantidad reclamada, es decir, si antes siendo gratuito no se accedía por parte del empresario a este derecho se puede uno imaginar ahora con esta carga económica extra.
Este hecho a supuesto que alguno de nuestros servicios como son la redacción y presentación ilimitada de reclamaciones exenta de provisión de fondos para reclamaciones de cantidad inferiores a seis mil euros, se conviertan en una alternativa real, firme y eficaz a la justicia ordinaria para luchar contra las microdeudas, todo amparado en la Ley de Arbitraje 60/2003 y su ulterior reforma 11/2011.
Por eso, en este punto queremos reiterar nuestro compromiso inequívoco contigo amigo empresario, vamos a ayudarte a cobrar tus impagados, a prevenir que vuelvan a surgir, blindando tu tráfico mercantil con el arbitraje y como no evitar el pago de impuesto de sociedades de facturas no cobradas.
Para celebrar nuestro segundo aniversario te invitamos a descargarte totalmente gratis nuestro ebook como prevenir los impagos con 7 principios básicos.
Terminaremos con una cita de Albert Einstein : “Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”.
Author by
Eric Espino Conneely
AENAGA la mayor zona industrial de Canarias firma Convenio con Central de Arbitraje.
El pasado 23 de enero la Asociación de Empresarios del polígono industrial de Arinaga (AENAGA) y Central de Arbitraje han firmado un convenio de colaboración para divulgar y fomentar el uso del arbitraje mercantil y civil como alternativa real para defender los intereses y derechos de sus empresas asociadas.
AENAGA siempre comprometida y atenta a las problemáticas que pueden afectar a sus empresas asociadas, ha buscado una solución para la indefensión que sufren muchas de ellas y más aún tras la entrada en vigor de las nuevas Tasas judiciales.
La situación actual ha fomentado la aparición de morosos profesionales que generan cientos de impagados, deudas y microdeudas, el moroso amparado en la lentitud de la justicia ordinaria y sobre todo de los costes que supone para el empresario interponer una demanda de reclamación de cantidad ha logrado campar a sus anchas, resultando muy difícil tener dentro de la empresa una buena gestión de cobros, haciendo que las deudas no hagan más que crecer y crecer.
El procedimiento monitorio la figura jurídica más utilizada para la reclamación de cantidad ha pasado de ser gratis, a tener una tasa judicial de 100 euros fija más una tasa variable del 0,50% del importe a reclamar al deudor y si a todo esto sumamos la variante tiempo donde los procedimientos en primera instancia tienen una media de tardanza de año y medio a dos años, hace que se cree a un círculo vicioso donde el empresario prefiera dar por perdidas las deudas de sus clientes y cobros pendientes antes de meterse en la Justicia ordinaria.
Ante éste panorama nace la necesidad de contar con una alternativa jurídica real, fácil de aplicar, eficaz, rápida y económica para luchar contra los morosos profesionales y las deudas intencionadas, El Arbitraje es desde 1958 es el procedimiento legal más utilizado para resolver conflictos por la Organización Mundial de Comercio y está aprobado su uso en más de 170 países, España tiene en vigor actualmente la Ley de arbitraje 60/2003 y su última reforma la ley 11/2011 que pretenden ser el impulso definitivo para fomentar su uso en el país.
Central de Arbitraje nace con la misión de generar confianza empresarial y blindar el tráfico mercantil de sus clientes a través de la figura jurídica del arbitraje civil y mercantil, dotándolos con una solución llave en mano que complementa y mejora las ventajas que ya tiene de por sí el arbitraje, como son la redacción de contratos mercantiles, contratos de arrendamiento de locales y naves, cláusulas arbitrales, la gestión y mediación previa, añadiendo un servicio de recobro que incluye la confección de cartas de reclamación, redactar la demanda de cantidad arbitral y en definitiva todos los modelos de reclamaciones existentes que permiten llegar a buen puerto a la hora del cobro de deudas e impagados.
Los Asociados a AENAGA contarán con unas tarifas especiales y podrán beneficiarse de la visita totalmente gratuita de un consultor que le explicará en su empresa como puede mejorar inmediatamente la gestión de impagados en su empresa, reducir las deudas y no volver a pagar impuestos de facturas no cobradas.
En definitiva luchar decididamente contra el moroso profesional, defender y proteger los derechos empresariales de los miembros de la asociación.
Central de Arbitraje es Distribuidor en Exclusiva del Novedoso Sistema de Compensación de Deudas Patentado en más de 140 Países.
EL Nuevo servicio de Compensación de Deudas es un sistema de compensación que permite que las personas y empresas puedan pagar y cobrar sus deudas evitando el tener que desembolsar ningún dinero. Se paga con lo que se cobra.
Se consigue este objetivo cruzando los billones de combinaciones posibles que optimizan la cantidad cancelada. Al final lo que consigue cada miembro es pagar y cobrar una cantidad determinada de sus clientes y proveedores, con el objeto de mejorar sus balances y logrando de esta manera reducir su deuda y restituir así el crédito.
Cada usuario puede elegir declarar las deudas que quiera cobrar o pagar, y el sistema tendrá tan solo en cuenta la cantidad menor. Por ejemplo: si alguien afirma que Ud. le debe 2.000 pero Ud. solo acepta la existencia de la deuda por 1.500, el sistema tendrá en cuenta exclusivamente 1500, la cantidad menor.
Por supuesto, nadie podrá acceder a la información de sus cuentas, pues en realidad son tan solo el reflejo de una relación anterior, por lo que acordar las cancelaciones en el sistema no tiene más significación jurídica que la de servir de sistema de compensación.
La falta de crédito es el primer problema de la economía actual. Con el objetivo de resolverlo, nace el novedoso sistema de Compensación de Deudas.
Es el primer sistema mundial de compensación multilateral de deuda para empresas y particulares on line estando patentado en 140 países. A través de la plataforma cada usuario registrado tendrá la oportunidad de saldar su deuda con lo que le deben otros usuarios, a través de un método muy sencillo: la compensación. Esta se realiza mediante el algoritmo informático que se ha creado y que localiza cadenas de deuda entre los datos que aportan los usuarios, cerrando círculos de deuda, sin que nadie desembolse ninguna cantidad de dinero.
Sistema de compensación de deudas entre tres empresas
Cancelar deuda mediante la compensación
Para que lo entiendas, te vamos a poner un sencillo ejemplo. Imagina tres empresas: A, B y C. B debe a A 100.000 € ; C debe a B 50.000 € y A a C 20.000 € . Gracias al sistema, estas tres empresas pueden reducir su deuda en 20.000 €, pues la plataforma compensa los pagos según la deuda de menor cantidad. Así, A ya no le deberá nada a C; C solo tendrá pendiente 30.000 € con B y B seguirá debiendo 80.000 € a A. Todos han reducido su deuda en 20.000 €.
Otra de las claves de la plataforma es que no realiza transacciones monetarias, tan solo procesa la información suministrada por los usuarios, quienes manifiestan su voluntad de cancelar sus deudas.
Por eso, para que esta operación tenga éxito, es indispensable que todas las partes implicadas manifiesten su conformidad con el procedimiento al que se van a someter, así como al concepto e importe declarados por el que sus obligaciones van a ser extinguidas.
Proporcionamos una herramienta nueva y alternativa a las empresas y profesionales para que puedan extinguir sus obligaciones a través de la figura de la compensación que se encuentra reconocida mundialmente.
La información es poder no dudes en consultarnos por las tarifas de estos nuevos servicios , solicitando la visita de nuestro consultor o mandándonos un correo a : info@centraldearbitraje.com
Central de Arbitraje estrena 2013 con un nuevo servicio de información a través de la firma de un contrato con una empresa de Detectives a nivel Nacional con más de 30 años de Experiencia.
Conscientes de que vivimos en la era de la Información y que el disponer de la misma es un elemento indispensable para la buena toma de decisiones, hemos buscado en el mercado la solución más idónea para nuestros clientes.
Hemos optado por esta compañía de detectives pues nos ofrece un decálogo de puntos que garantizan el 100% la tranquilidad de nuestros clientes:
1.- Todas sus investigaciones se realizan partiendo de datos obtenidos de fuentes accesibles al público sobre los que, posteriormente, se realizan las gestiones de comprobación e investigación propias de su profesión.
2.- Todos sus detectives tienen su correspondiente Tarjeta de Identificación Privada (T.I.P.) con la que firman sus informes.
3.- Todas las investigaciones están inscritas en su Libro de Registro, presentado regularmente en la Dirección General de la Policía y Guardia Civil, según las directrices que marca el Ministerio del Interior.
4.- La actividad de sus detectives se desarrolla con profesionalidad, honestidad y sentido del deber, tal y como marca el código deontológico acordado para esta profesión por los miembros de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE)
5.- Los detectives privados son los únicos profesionales habilitados por ley para realizar investigaciones de carácter económico, laboral, mercantil y financiero
· Tribunal Supremo. Sentencia de la sección 5ª, sala 3ª del 19/02/08, recurso 170/95
· Ley 23/92 de Seguridad Privada. Artículo 19
6.- Los requisitos legales que marcan los límites de actuación de un Detective Privado son:
Necesidad | Encargo justificado | Interés legítimo | Idoneidad
7.- Toda la información aportada por el informe de un Detective Privado está exenta de la normativa de Protección de Datos al estar elaborada de conformidad con la normativa de la vigente Ley y Reglamento de Seguridad Privada
· Ley Orgánica de Protección de Datos. Artículo 6.1
· Ley 23/92 de Seguridad Privada. Artículos 19-20 y concordantes
· Reglamento de la Ley de Seguridad Privada. Artículo 103 y concordantes.
8.- La entidad puede aportar el informe de un Detective Privado como prueba en un tribunal siempre que contrate a profesionales debidamente habilitados
· Ley 01/2000 de Enjuiciamiento Civil. Artículo 265
9.- La entidad puede ceder los datos del deudor a los Detectives Privados para la investigación e incorporar los datos investigados siempre que sea con la misma finalidad para la que se realizó la investigación, por ejemplo, la recuperación de la deuda
· Audiencia Nacional. Sentencia 21/01/2010 (Rec. 682/09) de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo
10.- Es la primera corporación de Detectives Privados de Europa con más de 30 años de experiencia en Investigación Comercial, 50 agencias, más de 200 colaboradores y con cerca de 1.000 informes diarios, además cuentan con la Póliza de Seguros que cubre la Responsabilidad Civil específica para sus servicios.
Los servicios que ofrecemos a nuestros clientes son:
· Nuevos números de teléfono.
· Scoring de solvencia (SI o NO medio de vida, SI o NO Propiedades) + Ultimo domicilio+ números de teléfono.
· Informe de confianza de autónomos.
· Informe Básico de localización y solvencia.
· Informe de comprobación de actividad.
La información es poder no dudes en consultarnos por las tarifas de estos nuevos servicios, solicitando la visita de nuestro consultor o mandándonos un correo a : info@centraldearbitraje.com
Terminamos 2012 firmando un importante convenio con FETEPA
Las Palmas de Gran Canaria, 28 de diciembre de 2012
Fetepa y la Central de Arbitraje firman
un convenio de colaboración
La Federación de Asociaciones Tecnológicas de Las Palmas (Fetepa) y el Grupo de Soluciones Empresariales de Protección, Innovación, Marketing y Ahorro (Central de Arbitraje) han firmado un acuerdo de colaboración. El objetivo de esta alianza es ofrecer unas condiciones ventajosas a los afiliados de Fetepa que quieran contratar los servicios de la Central de Arbitraje para la solución de conflictos entre empresas.
Manuel Nantón Díaz, en representación de Fetepa, Eric Espino Conneely, en representación de la Central de Arbitraje estuvieron presentes en la firma de este convenio.
Fetepa
La Federación de Asociaciones Tecnológicas de Las Palmas (Fetepa) es una entidad que representa al sector TIC, Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías que lucha por el interés común de este ámbito profesional hacia el avance tecnológico.
Está constituida por la unión de cinco asociaciones empresariales que abarcan diferentes campos del sector: Asociación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa de Informática de Las Palmas (ASETIC); Asociación Provincial de Instaladores de Telecomunicaciones de Las Palmas (ASITEL-LP); Asociación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa de Servicios de Asistencia Técnica de Electrodomésticos de Las Palmas (ASATEPA); Asociación Provincial de Empresarios de Reprografía, Consumibles y Reciclaje de Las Palmas (ARECO); y, Asociación de Canaria de Ingenieros de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (ACITICS).
Central de Arbitraje
La Central de Arbitraje, es una empresa especializada en servicios de arbitraje, tales como gestión extrajudicial, judicial, mediación, recobro y protección de datos.
Ejercen su actividad de un modo alternativo a la justicia ordinaria, complementado los beneficios del arbitraje pues permite solucionar conflictos (principalmente incumplimiento e impagos), con un sistema más ágil y menos costoso para el interesado que el utilizado en la justicia ordinaria.
Su objetivo es generar confianza empresarial. Ayudan a blindar sus empresas contra incumplimientos e impagos, generando una cobertura de servicios para la prevención y protección del empresariado.
Para más información:
GPC- Gabinete de Prensa y Comunicación
Tfno: 928 26 67 90 / 646 59 48 11
Central de Arbitraje
Tfno. 928 264 589 / 686 422 828