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La importancia del albarán de entrega

En toda transacción comercial es necesario presentar y tener en cuenta una serie de documentos que a menudo olvidamos cumplimentar correctamente. La falta de documentación o los errores a la hora de rellenarla y presentarla pueden dar problemas en el caso de que tengamos que reclamar algo. Podemos evitar estos problemas si sabemos en qué consiste cada documento y cómo rellenarlos y presentarlos correctamente. Hoy hablaremos sobre los albaranes de entrega.

Qué es un albarán o una nota de entrega.

Es un documento de uso mercantil que sirve para acreditar la entrega de un producto. Su uso es muy común en transacciones comerciales, pero la mayoría de las empresas los utilizan sin tener clara la importancia que tienen.

El procedimiento a realizar es la entrega el albarán original y una copia al comprador o empresa que recibe la mercancía, que deberá ser firmada como prueba de la recepción del pedido. La copia se entregará al mensajero o transportista, estando otra copia en poder del vendedor.

No es obligatorio utilizar el albarán en caso de entregar la factura con la mercancía, aunque cuando se trata de transacciones comerciales habituales se acostumbra a entregar albarán por cada pedido y al final del periodo emitir factura de toda la mercancía entregada.

¡OJO! No es lo mismo albarán que factura.

El albarán solo acredita la entrega de la mercancía y, aunque debe estar detallado, no es necesario indicar el precio de cada producto en el mismo. Está el caso de los albaranes valorados, que también incluyen el precio de cada producto y el total, pero en ningún caso es sustituto de la factura.

Para qué sirve un albarán de entrega.

En el caso de la parte compradora, sirve como comprobación de que ha recibido todo lo que ha solicitado, y para control de la mercancía con la facturación en cada periodo.

En el caso de la parte vendedora, el albarán tiene una doble función:
Acreditar la entrega de la mercancía al cliente.
Justificar la salida de la mercancía del almacén.

En el caso de la empresa de transporte, sirve como garantía de la entrega de la mercancía en correctas condiciones. Por ello se aconseja siempre al comprador comprobar el estado de la mercancía antes de firmar el albarán.

Requisitos que debe cumplir un albarán de entrega.

Es muy importante que la nota de entrega esté detallada de una manera clara y explícita, para que no surjan dudas posteriormente sobre la entrega. Asimismo, es fundamental que se detalle cada artículo especificando también la cantidad.

Un albarán debe incluir, como mínimo, los siguientes datos:

  • Fecha de entrega del producto o de la prestación del servicio
  • Código numérico del documento
  • Datos identificativos del comprador y del vendedor:
  • Nombre o razón social
  • NIF o CIF
  • Dirección
  • Número de teléfono
  • Lugar y fecha de entrega
  • Cantidad, referencia y descripción de los productos o servicios.

Efectos que produce la firma de un albarán de entrega.

La eficacia del albarán firmado es doble, ya que por un lado acredita la fecha de entrega, demostrando la existencia de la transacción y dejando constancia del momento y forma en que se ha realizado, y por otro lado, acredita la conformidad de la misma, quedando en evidencia que la mercancía fue recibida de manera correcta.

 

El arbitraje empresarial para agilizar trámites

¿En qué consiste el arbitraje?

Muchas veces nos hacemos esta pregunta, ya que el arbitraje es el gran desconocido en el mundo empresarial y muy pocas personas saben de sus ventajas. En Central de Arbitraje nos esforzamos cada día por darlo a conocer y que todo el mundo descubra las ventajas de un arbitraje empresarial: por ello queremos recordar en qué consiste y mostrar la importancia que tiene sobre todo en materia de gestión de impagados, recobros y recuperación de deudas.

Según el diccionario de la RAE, arbitraje es el:
Procedimiento extrajudicial para resolver conflictos de intereses mediante sometimiento de las partes, por mutuo acuerdo, a la decisión de uno o varios árbitros.

En otras palabras, el arbitraje es un procedimiento que se ofrece habitualmente como solución natural a todo conflicto. Cualquier persona, física o jurídica, puede beneficiarse de sus ventajas acudiendo a un profesional que les asesore sobre cómo proceder y cómo se puede someter una controversia al sistema arbitral de justicia.

En el arbitraje institucional, las partes acuerdan mediante una cláusula arbitral, que una tercera persona resuelva sus diferencias de manera definitiva, para no generar más conflicto y poder así agilizar los trámites para ello.

El arbitraje supone una resolución rápida a los conflictos empresariales, siempre bajo un marco de máxima confidencialidad, donde ambas partes son tratadas con igualdad y en un procedimiento donde cada una de ellas hace valer sus derechos.

7 Razones por las que el arbitraje es rápido, económico y eficaz:

imagen que ilustra un artículo sobre arbitraje empresarial

1. No requiere que intervenga abogado ni procurador, aunque es opcional.
2. La sentencia o Laudo llega en menos de 6 meses, por lo que es un procedimiento mucho más rápido que el convencional.
3. La sentencia es firme, no se puede recurrir (art. 517.2 de la ley 60/2003).
4. Permite el convenio telemático, con lo que se agilizan los trámites (art. 9 de la ley).
5. Tiene validez nacional e internacional.
6. Permite la dotación para insolvencias contablemente, evitando pagar impuestos de las facturas no cobradas.
7. Mejora la seguridad jurídica en el tráfico mercantil de las empresas, dinamizando la relación a sus clientes, proveedores y acreedores.

¿Dónde y cómo se presenta una solicitud de arbitraje?

En Central de Arbitraje le facilitamos esta tarea, contacte con nosotros y le informaremos.

LOS MEDIADORES DE SEGUROS DESCUBREN COMO EL ARBITRAJE MERCANTIL ES UN COMPLEMENTO IDEAL PARA SUS CLIENTES

El Colegio de Mediadores de Seguros de Las Palmas,  celebró  el pasado jueves 30 de junio y el viernes 01 de julio en el Hotel Lopesan Costa Meloneras,  las II Jornadas del Mediador de Seguros en Canarias - “Retos de la Mediación, año 2016“,  en ella hubo un elenco de ponentes de un gran nivel y Central de Arbitraje, tuvo la gran suerte de formar parte de ellos.

La alternativa legal para proteger a los autónomos y pymes

En nuestra presentación pudimos constatar,  la gran preocupación del colectivo de mediadores de seguros por la seguridad jurídica de sus clientes, en este punto el arbitraje civil y mercantil se lleva consolidando como la única solución legal, rápida, económica y eficaz.

La gran lentitud y carestía de la justicia ordinaria, hace que según datos aportados en noviembre de 2015,  por laPlataforma de lucha contra la Morosidad (PMCM), la gran mayoría de los empresarios, es decir,  el 83 % de las empresas en España no denuncia a sus deudores.

Aunque el arbitraje,  es una figura jurídica totalmente contrastada a nivel internacional, en España su uso ha sido más bien escaso.

La última ley de arbitraje 60/2003 y su posterior reforma en 11/2011, más la consolidación de grandes instituciones arbitrales (ANJAR, AEADE, CAM, CIMA, CNACM, TRIBIAR) está fomentando el desarrollo por fin en España del arbitraje tanto a nivel nacional como internacional.

En julio de 2011, Central de Arbitraje nace como primera empresa jurídica española en desarrollar una solución a medida para que autónomos, pymes, comunidades de propietarios y arrendadores e inquilinos puedan protegerse jurídicamente de una manera ágil, sencilla y económica.

La conferencia tuvo una repercusión muy importante en los medios de comuicación digitales y físicos,  pues se explicaba de una manera muy clara y sencilla, como un mediador de seguros podía llevar esta solución a sus clientes, siendo totalmente compatibles con seguros de caución pero abriendo la puerta a miles de autónomos y pymes que no tienen acceso a este tipo de seguros.

D. Sergio Barrera y D. Eric Espino durante la firma del convenio divulgativo.

Tras las jornadas,  ayer 14 de julio se concretó la firma de un convenio de divulgación entre el Colegio de Mediadores de Seguros de Las Palmas y Central de Arbitraje, donde nos hemos comprometido a nuevas charlas y a realizar visitas personalizadas a todos los colegiados para que conozcan de primera mano como puedan ayudar a sus clientes y comercializar un servicio exclusivo y único en España, con un avance tecnológico que permite conocer en tiempo real todos los expedientes que se estén tramitando para resolver cualquier tipo de controversia.

El Arbitraje presenta muchas ventajas pero a modo de resumen tenemos que resaltar:

  1. Jurisdicción universal, puede utilizarse a nivel local, regional, nacional e internacional.
  2. Rapidez, por ley en menos de seis meses se obtiene sentencia firme.
  3. Eficacia, los laudos arbitrales son inapelables y tiene carácter ejecutivo.
  4. Economía, coste controlado, sin tasas judiciales  y ahorro fiscal.
  5. Sencillez,  no se exige ni abogado ni procurador pero todos los clientes de Central de Arbitraje van acompañados de letrado.
  6. Modernidad, notificaciones telemáticas y nuevas tecnologías.
  7. Confidencialidad, es un procedimiento confidencial y que solo conocen las partes, no se publica en ningún medio digital ni físico.
Son solo algunas de los múltiples beneficios del arbitraje, que cada colegiado conocerá en persona y con unas condiciones especiales  para ellos y una gran oportunidad de iniciar una relación ganar-ganar con sus clientes.
No queremos dejar pasar la oportunidad de dar las gracias a D. Sergio Barrera Falcón, Presidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Las Palmas, a D. Lucas Cruz Barrera, Responsable de Formación del Colegio y al inestimable apoyo y organización de Maika Mora responsable de administración.

INGESCA, la nueva apuesta del Grupo SEPIMA para proteger los derechos de los autónomos y Pymes en la justicia ordinaria.

Con casi un lustro a nuestras espaldas desde la creación de nuestro novedoso servicio de Central de Arbitraje para fomentar el uso del Arbitraje civil y mercantil, nos dimos cuenta que había un gran vacío en las empresas respecto a la defensa de sus derechos en la justicia ordinaria.

Sabemos que el arbitraje es el futuro de la seguridad jurídica de autónomos y pymes, pero va a ser un camino de largo recorrido y cuya adopción requiere una serie de cambios en la forma de trabajar de los empresarios.    Por otra parte, las empresas se enfrentan constantemente a un sinfín de vicisitudes que sólo pueden resolverse en los juzgados tradicionales o que necesitan del asesoramiento legal de un abogado, desde reclamación de deudas antiguas e incumplimientos de prestación de servicios hasta como redactar un contrato mercantil o reclamar a una compañía de seguros por no cumplir con las garantías contratadas.

Para ello quisimos contar desde el comienzo, con la experiencia y garantía de INGESCA servicios, una empresa consolidada con más de 18 años de experiencia en el sector del cobro, gestión de carteras y servicios jurídicos tradicionales.Soluciones en recobro y Justicia Ordinaria
En julio de 2015 ha pasado a formar parte de Grupo SEPIMA,  la empresa INGESCA servicios que con una importante cambio tecnológico y de procedimientos, está brindando una solución innovadora para autónomos y pymes,  en un sector tan rígido y reacio al cambio como el jurídico.
Hemos desarrollado una plataforma online para mantener informado en tiempo real al cliente de todos sus expedientes, se ha desarrollado un departamento específico para el estudio legal de todas las novedades legislativas que puedan brindar oportunidades para la defensa de los intereses de nuestros clientes y lo más importante, un servicio jurídico global que permite al empresario, a través de una iguala adaptada a su tamaño y necesidad, tener todas sus intereses jurídicos cubiertos.

Central de Arbitraje, seguirá ofreciendo los servicios exclusivos de arbitraje civil, mercantil y marítimo, donde somos el servicio especializado y pionero en España. Continuaremos con nuestra batalla para fomentar el uso del arbitraje como la única alternativa legal, rápida y económica para proteger los intereses de los emprendedores, autónomos y pymes.

Ingesca Servicios, se encarga de defender los intereses de nuestros clientes en todo el ordenamiento jurídico ordinario no sometido a arbitraje, recobro extrajudicial telefónico y presencial, procedimientos monitorios ordinarios y notariales, demandas verbales y ordinarias, juicios cambiarios, seguimientos de concursales, reclamaciones a compañías de seguros, supervisión de contratos, recursos de multas de tráfico, reclamación a proveedores, responsabilidad civil del administrador, reclamaciones por la vía penal, etc.

Desde Grupo SEPIMA, seguimos en la búsqueda continua de soluciones profesionales para dar cobertura jurídica a cualquier incidencia que puedan tener las empresas en sus relaciones civiles y mercantiles.
No pierdas más el tiempo y solicita información en info@ingesca.es, un asesor te visitará y diseñara la iguala más acorde a tu negocio.

Un vídeo vale más que 1000 palabras

Una figura jurídica tan importante como El Arbitraje, queremos y estamos empeñados en que sea entendida y aprovechada por los autónomos y empresarios de España.

El pasado mes de septiembre hemos abierto Madrid y ya contamos con un equipo asesorando a los empresarios en la comunidad de Murcia y otro en la zona noroeste de España.

Llevando los tres pilares básicos de nuestra propuesta, primero la recuperación de deudas, segundo la  prevención de impagados a través del arbitraje civil y mercantil  y tercero pero no menos importante el ahorro fiscal.

Central de Arbitraje protege tu empresa ahora también en Madrid.

Inauguramos nueva sede en Madrid

Abrimos nuestra sede en Madrid

Estamos nuevamente de enhorabuena porque seguimos ampliando nuestros horizontes, tras el reciente convenio firmado con UATAE,  la Unión de asociaciones de trabajadores autónomos y emprendedores que engloba a más de 350.000 autónomos, hemos procedido a inaugurar nuestra sede en Madrid, situada en la calle Nuñez de Morgado, 5 en la zona de Plaza Castilla, para prestar un servicio más cercano a nuestros clientes.

Paso a paso vamos cumpliendo las metas y objetivos que nos hemos propuesto, nuestra misión como empresa es ayudar a tu negocio a proteger su tráfico mercantil y sobre todo brindar una solución llave en mano para que de una manera fácil y económica puedas recobrar el dinero que tienes en la calle,  prevenir y evitar los impagos a través del Arbitraje, además de permitirte legalmente no pagar impuesto de sociedades de facturas no cobradas.

El Arbitraje como mecanismo alternativo de resolución de conflictos es el gran desconocido para el tejido empresarial español, este año se cumplen diez años desde la entrada en vigor de la Ley 60/2003 que marca una antes y un después en la consolidación y apuesta por parte del estado en esta figura jurídica, aún así sigue sin calar en los empresarios que permanecen sin aprovechar sus ventajas y grandes beneficios.

Creemos firmemente que soluciones ágiles y eficaces como el arbitraje permiten a las empresas generar confianza empresarial,  mejorando el que pueda fluir el crédito entre las empresas y permitiendo la mejora de las ventas, ya que se dotan de un mecanismo que permite reclamar y recobrar cualquier cantidad que se adeude desde la más pequeña a la más grande.

Puedes solicitarnos mas información en nuestro teléfono de atención 91 314 314 2 o enviándonos un correo a masinfo@centraldearbitraje.com

Descarga nuestro Ebook totalmente Gratis.

Escrito por Eric Espino Conneely

 

Central de Arbitraje firma convenio a nivel nacional con UATAE para prevenir los impagados.

Convenio para la lucha contra La Morosidad.

El pasado 11 de julio Central de Arbitraje firmó el convenio con la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) para proteger a los autónomos en su tráfico mercantil, traducido quiere decir que en virtud a éste acuerdo, los autónomos y emprendedores pertenecientes al colectivo podrán acceder en unas condiciones ventajosas a los servicios de recobro y prevención de impagados mediante la aplicación del arbitraje Civil y Mercantil en sus interacciones económicas, tanto con los clientes, como con los proveedores y acreedores.

Normalmente este tipo de servicios de protección y seguridad jurídica, estaban destinados a medianas y grandes empresas que contaban con los recursos suficientes para destinar a coberturas mediante seguros de caución o departamento jurídicos externos o internos a los que acudir para defender sus intereses.

El colectivo de autónomos como en muchas otras facetas de la economía ha sido el gran abandonado a su suerte, viéndose en la mayoría de los casos obligado a dar por perdidas las deudas que tenían con ellos sus clientes, por varios motivos la carestía de los procedimientos, abogados, procuradores,tasas, etc y además a ésto le debemos sumar la lentitud de la justicia y las multiples instancias, es decir, la posibilidad de recurrir y eternizar cualquier reclamación.

En Central de Arbtraje hemos decidido plantarle cara a este gran problema y ofrecemos nuestros servicios a todo tipo de profesionales y empresas, desde pequeños autónomos a grandes corporaciones a nivel local, nacional e internacional.

Ventajas para los asociados a UATAE:

El convenio suscrito con UATAE,  abre las puertas del arbitraje civil y mercantil a los autónomos que podrán defender sus derechos de una manera fácil, rápida y económica, pero lo que es más importante de una manera eficaz ya los Laudos arbitrales son sentencias firmes que llevan aparejada ejecución (embargos de cuentas, bienes y haberes).

El Autónomo de UATAE que contrata los servicios de Central de Arbitraje se beneficia de unas condiciones especiales y empieza inmediatamente a disfrutar de toda esta cobertura.

  • Servicio de recobro para deudas antiguas.
  • Recobro extrajudicial
  • Alta en el sistema arbitral
  • Cláusulas y convenios arbitrales a incluir en la documentación del autónomo, contratos, presupuestos, etc.
  • Gestión y mediación previa de reclamaciones.
  • Redacción de demandas arbitrales.
  • Presentación ilimitada de reclamaciones.
  • Exento de provisión de fondos para las reclamaciones arbitrales inferiores a seis mil euros. (Lucha decidida contra las Microdeudas).
  • Ejecución judicial del laudo en caso de incumplimiento del condenado
  • Seguimiento de insolvencias.

Este convenio con UATAE se enmarca en la campaña de divulgación creada por Central de Arbitraje, para trasladar al tejido empresarial que existe la jurisdicción arbitral como alternativa a la Justicia Ordinaria y que lleva el aval de senadas leyes vigentes y publicadas en el BOE cono son la Ley de Arbitraje 60/2003 y la ley 11/2001.

Estamos muy satisfechos por la gran acogida que estamos teniendo con los colectivos empresariales que están preocupados por la situación de sus asociados, así tenemos vigentes convenios firmados con la asociación de empresarios del polígono industrial de El Sebadal (AEDAL), con la asociación Canaria de Gestores Inmobiliarios (ACEGI), con la asociación de instaladores eléctricos de Las Palmas (AIE), Con la asociación de empresarios del parque empresarial de Melenara (AENARA), con el mayor polígono industrial de Canarias AENAGA, con la Federación de Empresas Tecnológicas de las Palmas (FETEPA) y por último con UATAE que engloba a 41 demarcaciones territoriales y tiene presencia a lo largo y ancho de toda España.

By Eric Espino Conneely

 

Dos años de duro trabajo ayudando a las empresas a proteger su tráfico Mercantil con El Arbitraje.

Segundo Aniversario Central de ArbitrajeParece que fue ayer cuando iniciamos nuestra andadura y ya han pasado dos años, desde el comienzo sabíamos que teníamos un servicio muy importante para hacerlo llegar al empresariado, nos decidimos a plantarle cara y entablar una dura lucha contra el moroso profesional.

En España 3 de cada 4 empresarios prefieren dar por perdido lo que le adeudan sus clientes antes de meterse en el embrollo de la justicia ordinaria, con procedimientos interminables, múltiples instancias, altas costas procesales, provisiones de fondos, etc.

Pero es que además, como si ésto fuera poco irrumpe la Ley de Tasas Judiciales en noviembre del 2012, que no hace otra cosa que poner una alfombra roja al moroso para dejar de pagar a sus acreedores,  ya que procedimientos como el Monitorio que antes era gratuito pasa a tener una tasa fija de 100€ mas un 0.50% de la cantidad reclamada, es decir, si antes siendo gratuito no se accedía por parte del empresario a este derecho se puede uno imaginar ahora con esta carga económica extra.

Este hecho a supuesto que alguno de nuestros servicios como son la redacción y presentación  ilimitada de reclamaciones exenta de provisión de fondos para reclamaciones de cantidad inferiores a seis mil euros, se conviertan en una alternativa real, firme y eficaz a la justicia ordinaria para luchar contra las microdeudas, todo amparado en la Ley de Arbitraje 60/2003 y su ulterior reforma 11/2011.

Por eso, en este punto queremos reiterar nuestro compromiso inequívoco contigo amigo empresario, vamos a  ayudarte a cobrar tus impagados, a prevenir que vuelvan a surgir, blindando tu tráfico mercantil con el arbitraje y como no evitar el pago de impuesto de sociedades de facturas no cobradas.

Para celebrar nuestro segundo aniversario te invitamos a descargarte totalmente gratis nuestro ebook como prevenir los impagos con 7 principios básicos.

Terminaremos con una cita de Albert Einstein :     “Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”.

Author by

Eric Espino Conneely

 

AENAGA la mayor zona industrial de Canarias firma Convenio con Central de Arbitraje.

Firma de Convneio D. Agustín Hidalgo y Eric Espino

Firma del Convenio AENAGA

El pasado 23 de enero la Asociación de Empresarios del polígono industrial de Arinaga  (AENAGA) y Central de Arbitraje han firmado un convenio de colaboración para divulgar y fomentar el uso del arbitraje mercantil y civil como alternativa real para defender los intereses y derechos de sus empresas asociadas.

AENAGA siempre comprometida y atenta a las problemáticas que pueden afectar a sus empresas asociadas, ha buscado una solución para la indefensión que sufren muchas de ellas y más aún tras la entrada en vigor de las nuevas Tasas judiciales.

La situación actual ha fomentado la aparición de morosos profesionales que generan cientos de impagados, deudas y microdeudas,  el moroso amparado en la lentitud de la justicia ordinaria y sobre todo de los costes que supone para el empresario interponer una demanda de reclamación de cantidad ha logrado campar a sus anchas, resultando muy difícil tener dentro de la empresa una buena gestión de cobros, haciendo que las deudas no hagan más que crecer y crecer.

El procedimiento monitorio la figura jurídica más utilizada para la reclamación de cantidad ha pasado de ser gratis, a tener una tasa judicial de 100 euros fija más una tasa variable del 0,50% del importe a reclamar al deudor y si a todo esto sumamos la variante tiempo donde los procedimientos en primera instancia tienen una media de tardanza de año y medio a dos años, hace que se cree a un círculo vicioso donde el empresario prefiera dar por perdidas las deudas de sus clientes  y cobros pendientes antes de meterse en la Justicia ordinaria.

Ante éste panorama nace la necesidad de contar con una alternativa jurídica real, fácil de aplicar, eficaz, rápida y económica para luchar contra los morosos profesionales  y las deudas intencionadas, El Arbitraje es desde 1958 es el procedimiento legal más utilizado para resolver conflictos por la Organización Mundial de Comercio y está aprobado su uso en más de 170 países, España tiene en vigor actualmente la Ley de arbitraje 60/2003 y su última reforma la ley 11/2011 que pretenden ser el impulso definitivo para fomentar su uso en el país.

Central de Arbitraje nace con la misión de generar confianza empresarial y blindar el tráfico mercantil de sus clientes a través de la figura jurídica del arbitraje civil y mercantil, dotándolos con una solución llave en mano que complementa y mejora las ventajas que ya tiene de por sí el arbitraje, como son la redacción de contratos mercantiles, contratos de arrendamiento de locales y naves, cláusulas arbitrales,  la gestión y mediación previa, añadiendo un servicio de recobro que incluye la confección de cartas de reclamación, redactar la demanda de cantidad arbitral y en definitiva todos los modelos de reclamaciones existentes que permiten llegar a buen puerto a la hora del cobro de deudas e impagados.

Los Asociados a AENAGA contarán con unas tarifas especiales y podrán beneficiarse de la visita totalmente gratuita de un consultor que le explicará en su empresa como puede mejorar inmediatamente la gestión de impagados en su empresa, reducir las deudas y no volver a pagar impuestos de facturas no cobradas.

En definitiva luchar decididamente contra el moroso profesional, defender y proteger los derechos empresariales de los miembros de la asociación.

By Eric Espino Conneely 

Central de Arbitraje es Distribuidor en Exclusiva del Novedoso Sistema de Compensación de Deudas Patentado en más de 140 Países.

EL Nuevo servicio de Compensación de Deudas es un sistema de compensación que permite que las personas y empresas puedan pagar y cobrar sus deudas evitando el tener que desembolsar ningún dinero. Se paga con lo que se cobra.

Se consigue este objetivo cruzando los billones de combinaciones posibles que optimizan la cantidad cancelada. Al final lo que consigue cada miembro es pagar y cobrar una cantidad determinada de sus clientes y proveedores, con el objeto de mejorar sus balances y logrando de esta manera reducir su deuda y restituir así el crédito.

Cada usuario puede elegir declarar las deudas que quiera cobrar o pagar, y el sistema tendrá tan solo en cuenta la cantidad menor. Por ejemplo: si alguien afirma que Ud. le debe 2.000 pero Ud. solo acepta la existencia de la deuda por 1.500, el sistema tendrá en cuenta exclusivamente 1500, la cantidad menor.

Por supuesto, nadie podrá acceder a la información de sus cuentas, pues en realidad son tan solo el reflejo de una relación anterior, por lo que acordar las cancelaciones en el sistema no tiene más significación jurídica que la de servir de sistema de compensación.

La falta de crédito es el primer problema de la economía actual. Con el objetivo de resolverlo, nace el novedoso sistema de Compensación de Deudas.

Es el primer sistema mundial de compensación multilateral de deuda para empresas y particulares on line estando patentado en 140 países. A través de la plataforma cada usuario registrado tendrá la oportunidad de saldar su deuda con lo que le deben otros usuarios, a través de un método muy sencillo: la compensación. Esta se realiza mediante el algoritmo informático que se ha creado y que localiza cadenas de deuda entre los datos que aportan los usuarios, cerrando círculos de deuda, sin que nadie desembolse ninguna cantidad de dinero.

Sistema de compensación de deudas  entre tres empresas

Cancelar deuda mediante la compensación

Para que lo entiendas, te vamos a poner un sencillo ejemplo. Imagina tres empresas: A, B y C. B debe a A 100.000 € ; C debe a B 50.000 € y A a C 20.000 € . Gracias al sistema, estas tres empresas pueden reducir su deuda en 20.000 €, pues la plataforma compensa los pagos según la deuda de menor cantidad. Así, A ya no le deberá nada a C; C solo tendrá pendiente 30.000 € con B y B seguirá debiendo 80.000 € a A. Todos han reducido su deuda en 20.000 €.

Otra de las claves de la plataforma es que no realiza transacciones monetarias, tan solo procesa la información suministrada por los usuarios, quienes manifiestan su voluntad de cancelar sus deudas.

Por eso, para que esta operación tenga éxito, es indispensable que todas las partes implicadas manifiesten su conformidad con el procedimiento al que se van a someter, así como al concepto e importe declarados por el que sus obligaciones van a ser extinguidas.

Proporcionamos una herramienta nueva y alternativa a las empresas y profesionales para que puedan extinguir sus obligaciones a través de la figura de la compensación que se encuentra reconocida mundialmente.

 

La información es poder no dudes en consultarnos por las tarifas de estos nuevos servicios , solicitando la visita de nuestro consultor o mandándonos un correo a :  info@centraldearbitraje.com

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